EL IMPORTE MÁXIMO DE PAGOS EN EFECTIVO, LIMITADO A 1000 EUROS
Tras la última publicación del BOE, a partir del 11 de julio ha quedado limitado el importe máximo de pagos en efectivo a 1000 euros. Hasta ahora, este límite estaba establecido en 2500 euros. En el punto 1 del artículo decimoctavo, se indica que «No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1000 euros o su contravalor en moneda extranjera. No obstante, el citado importe será de 10000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional».
Implicaciones de la limitación de pagos en efectivo a 1000 euros
- Todos los pagos a clientes, proveedores y nóminas por encima de 1000 euros deberán transferirse por banco. No está permitido que el pago de una factura superior a 1.000 euros se fraccione en pagos menores para poder pagar en metálico.
- El incumplimiento de esta nueva normativa implica la sanción del 25% del importe abonado en efectivo. Literalmente, el BOE nos explica que «La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las
operaciones de importe igual o superior a 1000 euros o 10000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, según se trate de cada uno de los supuestos». - Esta medida sólo afecta a operaciones donde una de las partes sea empresario (autónomo o empresa). No afecta, por tanto, a pagos entre particulares.